Arenas Hidalgo, Nuria Cinta2024-09-102024-09-102012La definición jurisprudencial del derecho a la libertad de circulación consagrada en el artículo 2 del protocolo 4º al Convenio de Roma, in Studi in Onore di Claudio Zangui, vol. II, Diritti Umani, (L. Panella-E. Spatafora), G. Giappichelli Editore, Torino, (Italia), 2012, pp. 97-113. ISBN: 97888348258089788834825808https://hdl.handle.net/10272/24104El derecho a circular libremente por el territorio de un Estado (derecho a la circulación interna) es considerado un derecho fundamental que no sólo implica la propia libertad deambulatoria sino también la libre elección de residencia en dicho Estado o los más genéricos derecho a salir del país o regresar al mismo; en ese sentido aparece recogido en el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Desde esta perspectiva, resulta lógico considerar este derecho como una de las facetas más importantes de la libertad individual o, como ha expresado el Comité de Derechos Humanos, se trata de una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona.spaAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Españahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/Derecho a la libertad de circulaciónConvenio de RomaJurisprudencia de EstrasburgoRestricciones a la libertad de circulaciónPrincipio de proporcionalidadRight to freedom of movementRome ConventionJurisprudence of StrasbourgRestrictions on freedom of movementPrinciple of proportionalityLa definición jurisprudencial del derecho a la libertad de circulación consagrada en el artículo 2 del protocolo 4º al Convenio de Romabook partopen access